Espacios Forestales – PDM Funchal Los espacios forestales son áreas del territorio destinadas principalmente a la reforestación y al desarrollo de actividades silvopastoriles, incluyendo la producción de leña de calidad con especies autóctonas y las prácticas agroforestales. Estas zonas desempeñan un papel fundamental en la preservación ambiental y en el equilibrio paisajístico, y se consideran prioritarias para la protección del patrimonio natural. Aunque su función principal está centrada en la actividad forestal, los espacios forestales también pueden acoger usos agrícolas y turísticos muy específicos, siempre que no comprometan la función forestal, respeten la integración ecológica y paisajística, y cuenten con la aprobación del Ayuntamiento. Entre los usos compatibles se incluyen los emprendimientos de turismo rural (como hoteles rurales, quintas de Madeira y aldeas turísticas), los parques de campismo y caravanismo, así como determinados equipamientos colectivos de interés local. La vivienda solo puede admitirse cuando esté integrada en proyectos turísticos habitacionales y no como unidades residenciales independientes. Edificabilidad (Artículo 26) De acuerdo con la normativa municipal, en los espacios forestales se permiten obras de construcción o ampliación, siempre que estén destinadas a concretar los usos y actividades admitidos, y que cumplan con los siguientes parámetros urbanísticos: Instalaciones de apoyo a la actividad forestal Superficie máxima de construcción: 1.000 m² Índice de utilización del suelo: 0,05 Índice de impermeabilización del suelo: 0,10 Altura máxima de fachada: hasta 6,5 m, salvo en casos técnicos debidamente justificados Establecimientos turísticos (hoteles rurales, quintas, aldeas turísticas) Índice de impermeabilización: 0,20 Máximo de 2 plantas sobre el suelo Altura máxima de fachada: hasta 9 m Turismo en espacio rural (excluyendo hoteles rurales y vivienda) Ampliación de la superficie construida hasta un 20% de la superficie existente Sin incremento de la altura de fachada Parques de campismo y caravanismo Índice de impermeabilización: 0,10 Máximo de 1 planta sobre el suelo Altura máxima: hasta 5 m, salvo en casos técnicos debidamente justificados Equipamientos colectivos Índice de impermeabilización: 0,20 Altura máxima de fachada: hasta 10 m Vivienda existente Se podrán admitir obras de ampliación de hasta +20 m² de la superficie construida tota